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DOCUMENTOS SECTORIALES

SUGERENCIAS PARA MEJORAR EL SISTEMA PREVISIONAL
INTEGRACION AFAP

1. PRESENTACION DE INTEGRACION AFAP

Integración Afap SA es una Administradora de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP), creada en el marco de la nueva Ley de Seguridad Social del Uruguay, N° 16.713 de abril de 1995.

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito COFAC y CACDU -dentro de su misión de canalizar el ahorro nacional al servicio de los uruguayos- visualizaron en el Nuevo Sistema Previsional, la oportunidad de administrar ahorros de largo plazo de los trabajadores uruguayos, para orientarla al desarrollo económico y social del país.

Actualmente, Integración AFAP S.A., es una de las cuatro Administradoras existentes en el país; reconocida por su actividad especifica de administrar eficientemente los ahorros de sus afiliados y en un mismo tiempo, es legitimada por actores públicos y privados vinculados al desarrollo local y nacional, por su trayectoria en la formulación, articulación y ejecución de proyectos concordantes con su Misión y Visión.
Datos de los accionistas:

El accionista mayoritario (85,50%) es COFAC -Cooperativa Nacional de Ahorro y Crédito- con cuarenta años de actividad, quien atiende a más de 270.000 socios, pertenecientes a los sectores de la pequeña y mediana economía, a través de 45 sucursales en todo el país.

FUCAC, Cooperativa de Intermediación Financiera es el segundo accionista (14,50%). Brinda servicios financieros a las Familias, a las PYMEs, y a Cooperativas cerradas. Mantiene una presencia a nivel nacional con su red de cooperativas asociadas

Como se puede observar, esta AFAP es un proyecto integrador de las cooperativas financieras del Uruguay, ya que entre los dos accionistas cuentan con el 100% del capital accionario de nuestra empresa.

Los dos accionistas son miembros activos de la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (CUDECOOP).

2. LA REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL: NUESTRA VISION SOBRE LOS ASPECTOS POSITIVOS

2.1. El régimen anterior y sus malas prácticas.

El régimen anterior fue muy afectado por malas practicas que terminaron alterando su adecuado funcionamiento. Entre las malas prácticas más frecuentes cabe mencionar:

• La admisión de testigos para demostrar las relaciones laborales en el pasado

• La determinación del sueldo básico jubilatorio según lo percibido en los últimos 3 años

2.2. La reforma puso un énfasis importante en la mejora de los mínimos

La reforma introdujo algunas innovaciones que son de interés. Por una parte, los mínimos son incrementales. Por la otra, los mínimos pasaron a ajustarse por el salario medio a diferencia de lo que ocurría en el pasado, que se ajustaban por el salario mínimo.

2.3. La reforma adecuó la Seguridad Social al aumento de la esperanza de vida

La reforma elevó, de manera paulatina, a 60 años la edad jubilatoria de la mujer y estableció 35 años de servicio para acceder a causal jubilatoria. A esa edad la esperanza de vida de las mujeres uruguaya es de 22.78 años. La relación se incrementó, por lo tanto, a 1.54.

En el caso de los hombres el aumento en la esperanza de vida no es tan marcado como en las mujeres, aunque también se registra. La edad promedio de retiro entre la población masculina se ubicaba, entes de la reforma, en el entorno de los 64 años.

El nuevo régimen bonifica la tasa de reemplazo en 3 puntos por cada año de postergación del retiro, hasta llegar a niveles superiores al 80%

2.4. La reforma contribuye a fomentar hábito de ahorro

El regreso al criterio de “Ahorro Previsional” era extremadamente necesario. Uruguay había estado en contacto con el “Ahorro Previsional” en el pasado pero para hacerlo regresar a escena, luego de las experiencias de las cuatro décadas anteriores, se requería:

• Volcar los aportes de cada trabajador en una cuenta individual.

• Brindarle información de manera regular sobre la evolución de esa cuenta.

• Invertir esos aportes y obtener rentabilidad.

• Crear instituciones profesionales (las Afap) que realizaran las tareas mencionadas.

• Regular de manera cuidadosa y supervisar de manera no menos cuidadosa a esas instituciones profesionales.

2.5. La reforma y el incentivo del artículo 8

Todos aquellos afiliados voluntarios a una Afap, con ingresos inferiores a ciertos mínimos, que se amparen haciendo opción por el articulo 8 de la Ley de reforma, se benefician con un aporte adicional, realizado por el estado, equivalente al 50% de su aporte individual a la Afap.

2.6. El costo de la transición

En el régimen uruguayo se optó por mantener el régimen intergeneracional al cual se vuelcan la totalidad de los aportes patronales, la totalidad de los aportes personales de quienes no están en capitalización y aproximadamente el 50% de los aportes personales de quienes se incorporaron a la capitalización. El déficit máximo, originado por la reforma, bajo estas condiciones es de 1.95% del PBI, en los hechos, de acuerdo a los datos proporcionado por la O.P.P para los cinco primeros años de funcionamiento, apenas supera el 1% del PBI.

2.7. La reforma y el papel del estado

La reforma contempla dos pilares: uno intergeneracional y otro de capitalización. El estado es el único recaudador y, además, el responsable del pilar intergeneracional. La sola observación de las cifras que administra el Estado y los montos que administran las Afap son prueba cabal del peso que éste conserva en el sistema.

3. ALGUNAS SUGERENCIAS PARA MEJORAR EL SISTEMA PREVISIONAL

3.1. El afiliado

Varios aspectos pueden mejorarse en cuanto al servicio al afiliado. Se mencionarán aquí algunos de los más relevantes:

3.1.1. Información al afiliado

Las AFAPs informan semestralmente a los afiliados acerca de la evolución del “valor cuota” en un documento (Estado de Cuenta) cuyo diseño fue realizado por el BCU. Tanto la terminología como la presentación, exigen que el afiliado disponga de cierta formación personal y que, aun en ese caso, dedique cierto tiempo a indagar en el mismo, para poder entender la información brindada.

Es una vieja aspiración de INTEGRACION AFAP, planteada en el BCU, que se simplifique y se mejore la presentación del estado de cuenta, que permita mejor comprensión al afiliado.-

3.1.2. La información del BPS

La información que el BPS proporciona a las AFAPs es deficiente, en ocasiones con rezago (sin explicación alguna de por que se genera) y sin elementos aclaratorios suficientes, cuando, ante alguna situación, se ha solicitado información adicional.

Entendemos que debe mejorarse el sistema de información del BPS. Este es un requisito, a su vez, para que el afiliado pueda estar bien informado.

3.1.3. Opciones para el afiliado

Las AFAPs administran un solo fondo, al cual deben adherir todos sus afiliados. En otros países las Administradoras proponen a los afiliados dos o tres fondos, con distintos grados de riesgo, y el afiliado escoge en cual fondo quiere colocar sus aportes. Esta opción es regulada de forma que, a partir de cierta edad, por ejemplo, solo se puede optar por los fondos de menor riesgo, y los asignados de oficio se canalizan hacia ese tipo de fondos, etc.

3.1.4. Aportes voluntarios

La ley original prevé que se hagan aportes voluntarios. Sin embargo, la forma en que dichos aportes están contemplados, ha hecho que en la práctica nadie haya optado por los aportes voluntarios, para mejorar su jubilación. Estos deberían disponer de mayor flexibilidad, que los aportes previsionales obligatorios. A titulo de ejemplo:

• el aporte voluntario debería poder retirarse antes de que se alcance la causal jubilatoria (por ej. a los 5 o a los 10 años de iniciado el aporte)

• al retirarlo el afiliado podría optar por una pensión (calculada sobre monto y esperanza de vida) o por disponer de todo el dinero en ese momento

• el aporte voluntario debería tener periodicidad establecida (mensual, trimestral, semestral etc.) y debería permanecer en el fondo por un plazo mínimo.

3.1.5. El costo del servicio para el afiliado

El servicio tiene un costo para el afiliado que se expresa en la comisión neta, más la prima de seguro (comisión bruta). Es deseable que las comisiones desciendan de manera programada y que el costo sea menor. El camino más apropiado para que desciendan las comisiones consiste en permitir que las AFAPs utilicen su capacidad instalada, en actividades conexas. La ley de 1995 establece el “objeto único”. Debería permitirse que las AFAPs pudieran desarrollar su capacidad en más de una actividad. Esto permitiría:

• mejorar la regulación de los aportes voluntarios, tal como se expreso en el numeral anterior.

• que las AFAPs ofrezcan al público fondos voluntarios con fines específicos (por ej. mejorar la jubilación; adquirir a algunos años plazo una vivienda; financiar en el futuro los estudios de hijos o nietos; etc.).

• que las AFAPs administren otros fondos previsionales (por ejemplo de cajas paraestatales).

La eliminación del objeto único y la ampliación de actividades provocaría otros ingresos, permitiendo menores comisiones para el afiliado.


3.2. El FAP

Las AFAPs destinan el 60% del fondo a financiar al estado y han encontrado grandes dificultades para financiar a la actividad productiva. Esto se debe a varias razones, algunas de las cuales superan ampliamente el tema de las AFAPs y sus posibilidades de financiamiento. Entre las razones más relevantes, que pueden ser mejoradas, se encuentran:

3.2.1. La forma de valuación del portafolio.

El portafolio de las AFAPs se valúa diariamente y obliga a una competencia cotidiana entre las cuatro administradoras. Se trata de instituciones que captan a largo plazo, pero que están sometidas a un sistema de valuación, propio de quienes disponen de recursos por muy corto plazo, que las impulsa a operaciones de bolsa. Sin duda, detrás de esta exigencia se encuentra la preocupación de que el valor del fondo no se aparte de manera significativa respecto al “valor de mercado”. El procedimiento es, sin embargo, deficiente, y entendemos que debe ser corregido.

Instituciones que captan también a largo plazo, como las aseguradoras, tienen exigencias de valuación mucho más razonables. Incluso los bancos, que captan y prestan a corto plazo, tiene un sistema mas laxo que el de las AFAPs.

Hay aquí al menos dos problemas que se deben contemplar: Por una parte, los títulos valores de muy largo plazo suelen ser muy volátiles en el mercado de valores, lo cual se convierte en un problema para el inversor. Por otra parte, las AFAPs han ido desarrollando una posición dominante, en el mercado local, respecto a ciertos títulos.

En cuanto al primer problema, el BCU ha admitido esta realidad en alguna ocasión. Por ejemplo, cuando se emitió el global 2027 (ahora 2033), se estableció un sistema de fondeo, por el cual el valor del papel se calculaba a precio de compra más cupón corrido. Solo debía ajustarse el valor del papel, cuando la discrepancia entre el criterio anterior y el valor de mercado, superará los 10 puntos. La intención era, obviamente, quitar volatilidad a un papel muy largo.

Si se desea que las AFAP inviertan a largo plazo: será necesario valuar las inversiones de largo, con criterios que contribuyan a estabilizar al fondo, en lugar de hacerlo demasiado volátil, como ocurre en la actualidad, bajo las reglas presentes.

Respecto al segundo problema, la posición dominante en cuanto a ciertos títulos, ha conducido, en ocasiones, a que las administradoras incidan en el valor de los papeles, haciendo variar los precios y alejándolos de los que serían “los del mercado”, al mero propósito de mejorar la rentabilidad del propio fondo, o bajar la rentabilidad de la competencia. Un ejemplo se encuentra en las letras en UI (literal b) que están mayoritariamente en poder de las AFAPs, aun cuando el porcentaje de este instrumento en el portafolio de cada FAP es distinto. Los valores han llegado hasta 107, en enero, y luego han bajado a 104-105. Tanto esos valores como sus oscilaciones están mas inspirados en la necesidad de resultados diarios, en materia de rentabilidad, de algunas Afap, que en consideraciones propiamente “de mercado”.

Los FAP que captan a largo plazo y que pueden colocar a largo plazo, deben quedar al margen de operaciones destinadas, en el muy corto plazo, a la mejora contable.

3.2.2. Los instrumentos

El mercado uruguayo carece de acciones y la experiencia con ON no fue promisoria. Las ON seguirán siendo un instrumento pero quizá demoren en tomar vuelo nuevamente. El fideicomiso es una buena iniciativa y es posible que las AFAPs puedan invertir en algunos fideicomisos bien elaborados. No obstante debería pensarse también en otros instrumentos para el financiamiento de largo plazo.

• El Bono-Acción (BONAC). Este es un instrumento que se ha usado en otras partes del mundo. Consiste en que el inversor adquiere un BONAC que la garantiza una cierta tasa mínima (por ejemplo, la mitad de la tasa del mercado) cualquiera sea el resultado de la empresa; no obstante, si a la empresa le va bien, el rendimiento del BONAC sube proporcionalmente a las utilidades.

• El Depósito Bancario. Otro camino es que las AFAPs depositen en un banco, a largo plazo, para que el banco canalice el dinero a un proyecto específico. En la actualidad esto no se puede hacer. El deposito de más plazo que admite el BCU, cuando el dinero proviene de los fondos de las AFAPs, es de 18 meses. Debería eliminarse esa restricción.

• Podría explorarse, además, la posibilidad de que las AFAPs otorgaran crédito directo, de largo plazo, a ciertas empresas, bajo reglas muy estrictas (tipo de empresa, balances auditados y resultados positivos durante un cierto numero de años, calificaciones muy seguras, etc.). No se trata de competencia con los bancos, porque éstos no prestan a largo plazo. Se trata, más bien, de llenar un vacío.

3.2.3. Las seguridades para el inversor

El inversor solo puede colocar su dinero en un proyecto de inversión si tiene certeza de que la información disponible es verdadera. Los auditores y las calificadoras son dos auxiliares de la confianza que deben operar muy regulados. La experiencia de Uruguay indica que tanto la auditoria como la calificación son poco relevantes a la hora de construir confianza. Haremos referencia aquí a las calificadoras

• En otros países, no es la empresa a calificar la que contrata a la calificadora. Las calificadoras se inscriben en el Banco Central del Uruguay y cuando una empresa quiere ser calificada, solicita a dicho Banco que le asigne una calificadora, la cual es escogida por sorteo.

• El costo de la calificación debe ser moderado y en proporción al monto de la emisión o del préstamo que se solicita, de forma que todas las empresas (incluso las pequeñas ó medianas) puedan aspirar a la calificación.

• Debe exigirse absoluta incompatibilidad entre el trabajo en una calificadora y la función publica o la actividad empresarial privada.

• Es preciso crear un registro de las calificaciones que hacen las calificadoras así como reglamentar un régimen de penalización ( por ejemplo, inhabilitación para continuar calificando por 3, 5 o 10 años) cuando exista divorcio entre la calificación otorgada y los resultados del proyecto

En opinión de INTEGRACION AFAP, el sistema de calificación debe ser transparente y confiable. El BCU tendría que desarrollar una metodología de calificación, a aplicarse en todos los casos. Además, el BCU debería crear un registro de calificadores, integrado por todos los equipos (estudios profesionales, empresas evaluadoras de riesgo, consultoras especializadas, etc.) que reúnan ciertos requisitos.

Ante la solicitud de una empresa que desea que su proyecto se califique, el BCU designa al calificador seleccionado por sorteo.


3.3. El futuro jubilado

La ley prevé que, una vez que el afiliado alcance causal jubilatoria, la AFAP debe trasladar a una aseguradora lo que aquel ha acumulado en su cuenta. Este es un tema delicado y en otros países ha ocurrido que los “promotores” cobren unas comisiones abultadas por inscribir a un futuro jubilado en una aseguradora. También ha ocurrido que las aseguradoras cobren comisiones elevadas por administrar la renta vitalicia.

El tema debe ser objeto de cuidadosa y rigurosa regulación.